La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la constitucionalidad de las reglas que permiten al propietario de un vehículo pagar las multas por infracciones de tránsito en la Ciudad de México. El alto tribunal consideró que este mecanismo no viola el derecho de audiencia. La decisión confirma que el dueño del automotor tiene la facultad de controvertir la infracción y la evidencia utilizada para el cobro.
La resolución judicial establece que la figura legal implementada en la capital del país es compatible con la Constitución. Los ministros analizaron si la posibilidad de que el propietario solvente la sanción afectaba los principios de debido proceso y garantía de audiencia. Tras revisar los argumentos, la Corte determinó que no existe una violación a los derechos fundamentales.
El punto central del análisis fue la capacidad del propietario para impugnar el cargo. La Corte señaló que el mecanismo no impide al titular del vehículo ejercer sus defensas. Al contrario, se reconoció que existe un cauce formal para discutir tanto la existencia de la falta como la certeza de las pruebas. Esto garantiza que el pago no se convierta en una imposición irrestricta sin posibilidad de réplica.
Esta validación fortalece el marco normativo que regula el cobro de sanciones por el uso del espacio público vial. Al confirmar la legalidad del procedimiento, se otorga certeza jurídica a la Ciudad de México para continuar aplicando estas medidas. La decisión cierra un debate sobre la responsabilidad de los propietarios frente a las infracciones cometidas por los conductores.
La postura de la SCJN alinea la legislación local con los estándares de derechos humanos. Se entiende que la propiedad del bien mueble no elimina la posibilidad de interponer recursos legales. Por tanto, el propietario mantiene la titularidad activa en el proceso administrativo que deriva en una multa de tránsito.
Con este aval, la Ciudad de México podrá seguir operando el sistema de cobro de multas sin enfrentar objeciones de inconstitucionalidad. El propietario de los vehículos en la capital conserva la opción de litigar contra la infracción antes de proceder al pago definitivo.


