Entra en vigor la Ley Silla

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Este 17 de junio entró en vigor la denominada Ley Silla, 180 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Consiste en reformas a los artículos 132, primer párrafo y fracción V; 133, primer párrafo; 422, primer párrafo y 423, fracciones I, V, VIII y X, además de la adición de una fracción XVII Bis al artículo 133, de la Ley Federal del Trabajo.

¿Qué es la Ley Silla?

La Ley Silla obliga a los empleadores a proveer un número suficiente de asientos o sillas con respaldo para todos sus trabajadores, ya sea para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.

La nueva disposición aplica en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, con lo que engloba a:

  • empacadores
  • guardias de seguridad
  • hostess
  • cocineros
  • meseros
  • encargados de almacén
  • empleados de mostrador
  • taquilleros
  • guardaespaldas
  • demostradores
  • personal de limpieza

De esta forma, queda prohibido obligar a los trabajadores a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral y prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

En caso de incumplir con la Ley Silla y sus disposiciones, los empleados podrán hacerse acreedores a una multa.

Se consideran de 250 a 2 mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que se traduce a entre 28 mil 285 y 282 mil 850 pesos.

Además, se podría proceder con la suspensión temporal de la empresa.

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