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CNDH acredita tratos crueles, inhumanos y degradantes de militares en Reynosa


Tras acreditar violaciones graves a los derechos humanos a la integridad y al trato digno, con relación a los tratos crueles, inhumanos y degradantes cometidos en contra de una víctima que fue detenida el 26 de julio de 2010 por militares en ReynosaTamaulipas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 105VG/2023 a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

La queja fue recibida por la CNDH el 12 de julio de 2021 y, en ella, la víctima señala que fue detenida y sometida a actos violentos por parte de militares, quienes le provocaron diversas lesiones.

En tanto que, en su declaración preparatoria ante un Juzgado de Distrito, la víctima refirió que se encontraba comiendo en la calle cuando escuchó un choque, por lo que se acercó y vio personas corriendo. Pasados cincos minutos arribaron al lugar elementos de la Sedena, quienes le pidieron que se retirara del lugar y que, al hacerlo, fue alcanzado por dos elementos que le ordenaron tirarse al suelo.

La queja detalla que la víctima fue acostada junto a otras personas que venían en la camioneta chocada y él fue señalado de venir conduciendo dicho vehículo, por lo que lo continuaron golpeando: fue pateado en la cara y en las costillas, y recibió múltiples golpes en la cabeza hasta el momento en que fue trasladado a las oficinas de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) en Reynosa.

La CNDH logró comprobar que las agresiones a la víctima fueron infligidas por personas servidoras públicas en el ejercicio de funciones, pues la víctima se encontraba retenida por al menos tres militares, quienes en ningún momento justificaron las lesiones que presentó al momento de ser puesto a disposición del Ministerio Público Federal.

La CNDH solicitó a la Sedena colaborar en el trámite para la inscripción de la víctima en el Registro Nacional correspondiente ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y, una vez obtenido el dictamen respectivo, se proceda a la inmediata reparación integral del daño ocasionado que deberá incluir una medida de compensación en los términos establecidos en el marco legal vigente.

La Sedena deberá coordinarse con la CEAV para brindar a la víctima la atención médica y psicológica que requiera, la cual deberá ser proporcionada por personal profesional especializado y ajeno a la institución responsable, de manera continua y gratuita hasta lograr su máxima sanación psíquica, física y emocional, y brindarse en un lugar accesible para la víctima, dotándole para ello de información clara, previa y suficiente, así como los medicamentos y dispositivos que en sus caso requiera, sin costo alguno.

Asimismo, la Secretaría de la Defensa Nacional deberá colaborar ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que presentará la CNDH ante la Fiscalía General de la República (FGR), a fin de que se investigue y determine -conforme a derecho- la responsabilidad de militares que hayan participado en los hechos.

Como medida de no repetición, la CNDH solicitó impartir un curso de capacitación dirigido al personal militar que realiza funciones de seguridad pública en Reynosa, que deberá enfocarse a la erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes, con énfasis en el marco legal vigente y con la finalidad de avanzar en la construcción de una cultura de paz, mismo que deberá estar disponible en forma electrónica y en línea para consulta, y tendrá que ser impartido por personal que acredite estar calificado y con suficiente experiencia en materia de derechos humanos.

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