25 abril, 2024

La determinación final de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el proceso de revocación del mandato contra el alcalde de la ciudad, Cuauhtémoc Blanco Bravo, podría demorar hasta dos años o más, para entonces el munícipe estaría por terminar o ya habrá concluido su encargo.

Cipriano Sotelo Salgado, abogado del presidente municipal de Cuernavaca, aseguró que el análisis y resolución final del caso no será inmediato, debido al análisis del asunto como a la carga de trabajo de la SCJN, que este martes determinó que el Congreso del estado no está facultado para emitir fallos sobre asuntos de elegibilidad, por lo que le ordenó frenar el proceso con el que iba a ser destituido Blanco por supuestas irregularidades en su documentación para ser autoridad en la capital del estado.

La determinación de la SCJN, dada a conocer ayer por el mismo munícipe, llegó horas después de que el Congreso del estado había admitido la demanda de revocación del mandato en su contra, y horas antes de que el munícipe tuviera que comparecer ante los legisladores para abogar a su favor. Tras ello, el ex futbolista sería destituido por el pleno Legislativo a finales de esta semana pues los elementos con los que cuentan los diputados indican que Blanco no reúne los requisitos de residencia efectiva para ser alcalde de Cuernavaca.

Sin embargo, para el abogado, la determinación de la Corte está sustentada en que los diputados intentaron aplicar la legalidad del estado de Morelos sin tomar en cuenta la Constitución federal, que indica que el único órgano facultado para conocer sobre temas de elegibilidad electoral son los Tribunales judiciales del ramo.

Pero también los legisladores intentaron sancionar con la destitución de Blanco, la supuesta ausencia de elegibilidad del ex futbolista, pese a que las autoridades electorales –en su momento- emitieron fallos correspondientes, mismos que favorecieron al ex seleccionado nacional, de otra manera no hubiera podido competir electoralmente o no hubiera podido tomar posesión, explicó.

En ambos casos, los diputados pretendían ignorar los preceptos constitucionales establecidos en los artículos 91 y 115 de la carta magna, “lo cual es inaceptable para la corte, que también observó que los fundamentos legales en los que se apoyaron los legisladores para abrirle el procedimiento a Cuauhtémoc Blanco, sólo están en la constitución local, pero no en la federal, y esa es una contraposición elemental, por lo que la SCJN emitió la suspensión inmediata”, añadió.

Pero además de la controversia constitucional interpuesta por Cuauhtémoc y sus abogados, el alcalde también solicitó –de manera personal- protección de la justicia federal a través de un amparo indirecto, también contra acciones del Congreso estatal, con el fin de permanecer con protección legal en su persona y no como alcalde, según refirió.

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